Objeto
Financiar los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
Beneficiarios
1# Promoción:
- Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal de carácter intersectorial.
- Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.
- Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
- Otras asociaciones, fundaciones y universidades. En este apartado se considerarán incluidas las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter sectorial.
2# Funcionamiento:
- Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial, que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 2.1.b apartado 1º, de la Orden ESS/739/2017.
- Entidades asociativas de carácter intersectorial y de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción.
- Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
- Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con 5 asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.
Actividades financiadas
A. Acciones de apoyo y asesoramiento a emprendedores, autónomos y promotores de la economía social.
B. Programas de fomento de la cultura emprendedora, del autoempleo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
C. Campañas de comunicación y divulgación orientadas a la promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, y que se realicen a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información.
D. Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación y otras actuaciones análogas.
E. Actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
F. Organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar, con convocatoria pública de realización de la actividad.
Conceptos de gastos
1# Promoción:
a) Gastos en los que se incurra en la realización de la actividad objeto de subvención.
b) Salarios imputados directamente por su dedicación a la realización de la actividad objeto de subvención. No serán subvencionables los costes derivados de las cotizaciones al SS.SS. relacionados con los salarios indicados.
c) Coste indirecto: 8 % del coste directo subvencionable.
2# Funcionamiento:
a) Salarios.
b) Cotizaciones a la Seguridad Social.
c) Arrendamientos y cánones.
d) Reparaciones y conservación.
e) Servicios profesionales independientes.
f) Primas de seguros.
g) Material de oficina, fotocopias e imprenta.
h) Comunicaciones.
i) Suministros.
j) Cuotas, tanto las de suscripción a publicaciones e inscripción en actividades como las abonadas por pertenencia a otras organizaciones nacionales o internacionales, hasta una cuantía máxima del 75% de las distintas cuotas abonadas.
Tipo e intensidad de las ayudas
- Subvención a fondo perdido
A#, B#, C# 100% hasta 150.000EUR;D#, E#, F# 100% hasta 50.000EUR.