Beneficiarios
A# Personas trabajadoras autónomas o mutualistas de mutualidad del colegio profesional que estén en activo y cumplan los siguientes requisitos:
a) Que no percibieran prestación extraordinaria por cese temporal de actividad motivada por la pandemia del COVID-19.
b) Que tengan una merma en la facturación superior al 50% comparando la facturación del segundo trimestre de 2020 con la del primer trimestre de 2020, lo que demostrarán con una declaración responsable.
c) Que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000EUR y una facturación mínima anual de 12.000EUR, IVA incluido, en la declaración referida al año 2019 (o del último año que la hubiera presentado).
B# Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes que estén en activo y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que las personas trabajadoras autónomas societarias no percibieran la prestación extraordinaria por cese temporal de actividad motivada por la pandemia del COVID-19.
b) Que tengan una merma superior al 50% en la facturación, comparando la facturación del segundo trimestre de 2020 con la del primer trimestre de 2020.
c) Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades de la declaración referida al año 2019 (o a la última declaración presentada) inferior a 30.000EUR (según la casilla 552 del impuesto del sociedades).
Conceptos de gastos
1# Gastos logísticos y de transporte de envíos de la empresa comercializadora de productos finales al domicilio de las personas consumidoras finales. La ayuda será de de 3EUR/envío contratado con empresas logísticas externas.
2# Gastos generales de la actividad de la empresa:
- Pago por estar en alguna plataforma de e-commerce local.
- Pago por licencia de uso de software de venta en línea.
- Publicidad en redes sociales.
- Gastos corrientes de seguridad motivadas por el COVID-19 entre los que están, entre otros, los gastos en mascarillas, guantes, desinfectante, limpieza, mamparas, asesoramiento en prevención de riesgos laborales.
- Suministros y de telecomunicaciones.
Tipo e intensidad de las ayudas
- Subvención a fondo perdido
1# 300EUR; 450EUR si la empresa tiene entre 1 y 5 personas empleadas por cuenta ajena; 600EUR si la empresa tiene más de 5 personas empleadas por cuenta ajena; 2# 600EUR; 1.350EUR si la empresa tiene entre 1 y 5 personas empleadas por cuenta ajena; 1.800EUR si la empresa tiene más de 5 personas empleadas por cuenta ajena.