Objeto
Generar confianza en los consumidores mediante la adopción de medidas para crear espacios seguros e introducir cambios en la práctica comercial que faciliten una adecuada reactivación de las actividades económica tras el confinamiento consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Beneficiarios
MICROEMPRESAS dadas de alta en alguno de los epígrafes del IAE siguientes y que desarrollen la actividad comercial en uno o varios establecimientos, que individualmente no superen una superficie total de 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653 del IAE.
Epígrafes del IAE subvencionables:
641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
642. Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos derivados cárnicos elaborados: de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de ellos.
643. Comercio al por menor de pescados y de otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles.
644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos.
645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
647. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general (excepto 647.4 y 647.5).
651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
652. Comercio al por menor de medicamentos, artículos de droguería y limpieza, perfumería y cosméticos (excepto 652.1).
653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
659. Otro comercio al por menor.
972. Peluquerías e institutos de belleza.
Actividades financiadas
Las actuaciones subvencionables deben derivarse del informe de autodiagnóstico efectuado con la herramienta ComercioSeguroGalicia, que deberá adjuntarse junto con la solicitud:
1# Medidas de protección de los empleados y clientes en el establecimiento comercial.
2# Adaptación del establecimiento comercial para reducir el contacto del cliente con elementos y superficies y evitar su contaminación.
3# Adquisición de medios de protección e higiene para comerciantes y clientes.
4# Instalación de equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos.
5# Contratación de servicios para reforzar la limpieza de los locales y realizar desinfecciones de forma periódica.
6# Adquisición de equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento comercial.
7# Cartelería y puntos de informaciones, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el COVID-19.
8# De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de los comerciantes, empleados y clientes frente al COVID-19.
Conceptos de gastos
1#
• Pantallas protectoras para mostradores y zonas de caja.
• Vinilos adhesivos para la delimitación en el suelo de zonas seguras, marca de los flujos de clientes, marca de posicionamiento y de la distancia de seguridad interpersonal.
• Dispositivos de control de aforos y de sistemas de conteo de clientes u otro sistema para garantizar la distancia entre clientes.
• Dispositivos de control de temperatura.
• Cualquier otra medida de las recomendadas por la autoridad sanitaria que permita incrementar la protección de los empleados y clientes.
2#
• Puertas de apertura automática.
• Instalación de puntos de autopago.
• Sensores de luz.
• Cualquier otra medida o dispositivo para minimizar el contacto.
3#
Mascarillas protectoras individuales, mascarillas para el personal del establecimiento comercial, guantes, calzas, dispensadores automáticos de geles hidroalcohólicos y cualquier otro para la protección personal que sea adecuada a la específica actividad en el comercio. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20% del total de actuaciones subvencionables.
4#
Equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos.
5#
Servicios de limpieza y desinfección. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20% del total de actuaciones subvencionables, para un período máximo de prestación de servicios de 6 meses.
6#
Equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento comercial.
7#
Cartelería y puntos de informaciones, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el COVID-19 implementadas en el establecimiento comercial.
8#
De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de los comerciantes, empleados y clientes frente al COVID-19.
Tipo e intensidad de las ayudas
- Subvención a fondo perdido
100% hasta 1.200EUR