Beneficiarios
Empresas acuícolas: personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o en todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la CCAA de Galicia.
Las ayudas correspondientes a la Modalidad C# únicamente están dirigidas a las empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas o medianas empresas.
Actividades financiadas
Modalidad A# fomento de una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva.
Modalidad B# inversiones que aumenten la eficiencia energética y fomenten la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables.
Modalidad C# obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico, con el fin de mejorar el rendimiento global y la competitividad de las explotaciones acuícolas y reducir el impacto medioambiental negativo de su funcionamiento.
Conceptos de gastos
Modalidad A#: actuaciones del tipo:
a) Inversiones productivas en la acuicultura.
b) Diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
c) Modernizar los centros acuícolas.
d) Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes.
e) Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
f) Diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.
Modalidad B#
Inversiones que aumenten la eficiencia energética y fomenten la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables.
Modalidad C#: asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico para:
a) Necesidades en materia de gestión para permitir a las explotaciones acuícolas cumplir con la normativa de la UE y la legislación nacional en materia de medio ambiente, así como los requisitos de ordenación del espacio marítimo.
b) Evaluación de impacto ambiental a que se refieren la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 92/43/CEE.
c) Necesidades en materia de gestión para permitir a las explotaciones acuícolas cumplir con la normativa de la UE y nacional sobre salud y bienestar de los animales acuáticos o sobre salud pública.
d) Normas sobre salud y seguridad basadas en la normativa de la UE y nacional.
e) Comercialización y estrategias empresariales.
El asesoramiento deberá ser prestados por organismos científicos o técnicos, así como por entidades que presten asesoramiento jurídico o económico, que cuenten con las competencias necesarias reconocidas.