Beneficiarios
EMPRESAS, incluyendo personas físicas, agrupaciones, sociedades civiles y comunidades de bienes, con CNAE: 03, 05 a 11, 13 a 33, 35 a 39, 42 a 43, 46, 49 a 53, 55 a 56, 58 a 59, 61 a 63, 69 a 75, 77.3, 79 a 82, 87 a 88, 90 a 93.
El requisito del sector de actividad no será exigible cuando se trate de inversiones a llevar a cabo en instalaciones derribadas o dañadas por incendios fortuitos o inclemencias meteorológicas extraordinariamente adversas.
La empresa deberá aportar una contribución financiera mínima del 25% exenta de cualquier tipo de apoyo público.
Conceptos de gastos
A. BIENES TANGIBLES: terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para proceso de información y elementos de transporte.
B. BIENES INTANGIBLES: investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas.
C. CAPITAL DE EXPLOTACIÓN (MÁX 50% presupuesto): incremento permanente de capital corriente necesario para la actividad, que serán aplicados al pago de:
i) Mercancías, materias primas y aprovisionamientos, mediante transferencia o pago de efectos.
ii) Prestación de servicios: arrendamientos y cánones, reparaciones y conservación, servicios de profesionales independientes, transportes, publicidad, propaganda y relaciones públicas, suministros y otros.
iii) Personal: sueldos y salarios, indemnizaciones, seguros sociales y otros gastos sociales.
iv) Gastos financieros asociados a la operativa de la cuenta específica.
v) Primas de seguros, en cobertura de riesgos asociados a la actividad empresarial.
vi) Constitución de un depósito en una entidad financiera en euros, pignorado a favor de un tercero, como fianza o contragarantía de un aval o línea de avales que este tercero emita.
Los Activos Fijos (A+B) deberán ser >1.000.000€.
Tipo e intensidad de las ayudas
50% con mín 500.000EUR y MÁX 5.000.000EUR. Devolución en MÁX 12 años, puede incluir carencia, t.i. compuesto por un tipo base (Euribor a 12 meses medio de septiembre, octubre y noviembre del año anterior) MÁS margen en función de la calificación de riesgo y de las garantías (mín +0,6%, MÁX +4,0%).