Proyectos tractores de entidades pertenecientes a los sectores de la industria manufacturera en España con el fin de impulsar la descarbonización de sus procesos productivos.
Impulsar la descarbonización en los procesos productivos de los sectores de la industria manufacturera en España.
A# Sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y sociedades mercantiles privadas que realicen alguna actividad industrial. Dichas entidades deberán haber desarrollado actividades industriales al menos durante un periodo de 3 años contados hasta la fecha de solicitud.
B# Agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado A#.
Proyecto tractor constituido por uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única planta o instalación industrial en operación, denominada «instalación principal».
Los proyecto primario deberán contener alguna de estas líneas de actuación:
1ª Reducción de emisiones directas de la instalación (excepto el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso del carbono), que se podrá dirigir a una de las siguientes áreas:
a) Descarbonización de fuentes de energía: electrificación de procesos, incorporación de hidrógeno renovable y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de calor renovable como la energía solar térmica.
b) Gestión energética integral de procesos industriales: recuperación de calor en procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios, almacenamiento energético, digitalización para la mejora de la eficiencia energética y la gestión de flujos térmicos.
c) Descarbonización por reducción de recursos naturales: utilización de materias primas secundarias, utilización de subproductos de residuos y valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles.
d) Captura, almacenamiento y uso de carbono. Se considerará que estos proyectos no contravienen el principio DNSH.
2ª Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.
3ª Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.
4ª I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación principal del proyecto tractor.
Un proyecto tractor deberá contener obligatoriamente, al menos, un proyecto primario en las líneas 1ª (excepto el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso del carbono) y/o 2ª.
Los proyecto primario deberán enmarcarse en una de estas líneas de ayuda:
Línea de ayuda 1:
1.- PERSONAL (MÁX 65€/h): investigadores, técnicos y personal
auxiliar.
2.- INSTRUMENTAL Y MATERIAL INVENTARIABLE, en la medida y durante el periodo en que se utilicen. MÁX 60%xPresupuesto.
3.- INVESTIGACIÓN CONTRACTUAL, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.
4.- Informe de certificación de proyectos de I+D emitidos por una entidad acreditada por la ENAC.
5.- Consultoría, destinados de manera exclusiva al proyecto, para los desarrollos conceptuales de I+D.
6.- GASTOS GENERALES: 20%xPERSONAL.
7.- Estudios de viabilidad, incluidos los efectuados durante los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
Línea de ayuda 2: gastos 1 a 4 y 6 anteriores.
Línea de ayuda 3:
1.- Aparatos y equipos de producción. Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
2.- Edificación e instalaciones (MÁX 70%xPresupuesto). Inversiones materiales para la construcción, ampliación o adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
3.- Activos inmateriales. Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
4.- Colaboraciones y servicios externos. Las necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos así como los servicios externos directamente relacionados con las inversiones vinculadas a los objetivos del proyecto. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
5.- Estudios medioambientales o auditorías energéticas.
Líneas de ayuda 4 y 5: gastos 1 a 5 anteriores, con la diferencia que los gastos en instalaciones y equipos podrán suponer más del 70% del gasto financiable del proyecto primario, con el límite del 90%.
Línea de ayuda 6: costes de dichos estudios directamente relacionados con inversiones en la mejora de la protección medioambiental o de la eficiencia energética.
Línea de ayuda 7:
1.- Aparatos y equipos de producción. Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
2.- Edificación e instalaciones (MÁX 70%xPresupuesto). Inversiones materiales para la construcción, ampliación o adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
3.- Activos inmateriales. Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
La subcontratación podrá alcanzar hasta MÁX 90% del presupuesto.
PRÉSTAMO: limitado al riesgo vivo acumulado de la entidad con la Secretaría de Estado de Industria y sus direcciones generales, que no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad acreditados en las CCAA de 2022 y hasta 80% del presupuesto: -Tipo interés: 3,26%; -Plazo devolución: 10 años; -Carencia: 3 años.
Podrá incluirse una parte en forma de SUBVENCIÓN.
La ayuda está limitada en función de la línea de ayuda y del tamaño de empresa, con los siguientes máximos:
Línea 1: MÁX 35.000.000€/empresa; Línea 2: MÁX 12.500.000€/empresa; Línea 3: MÁX 30.000.000€/empresa; Línea 4: MÁX 30.000.000€/empresa; Línea 5: MÁX 30.000.000€/empresa; Línea 7: MÁX 8.250.000€/empresa.
Presupuesto mín 1.000.000€.