Contratación por cuenta ajena de personas desempleadas en la empresa ordinaria y, especialmente, de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.
Favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y en entidades sin ánimo de lucro, especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral, con la finalidad de seguir paliando los perjuicios económicos sobre el mercado de trabajo, derivados de los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19 y agravados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
Personas empleadoras y empresas, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica.
Las empresas con 50 o más trabajadores deberán cumplir la cuota de reserva para personas con discapacidad, al menos el 2% de personas trabajadoras con discapacidad sobre el total.
También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.
A# Contratación indefinida inicial a tiempo completo de personas desempleadas. Se excepcionan de la jornada a tiempo completo las contrataciones de personas desempleadas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social.
B# Incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.
C# Incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses a jornada completa. El incremento deberá ser de, por lo menos, el 50% sobre la duración inicial del contrato.
D# Adaptación de los puestos de trabajo o por la dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad contratada, o por eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad cuyo contrato se subvenciona con esta convocatoria.
Las modalidades A#, B# y C# son incompatibles entre si para la misma persona trabajadora.
A# Contratación indefinida inicial;
B# Incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo;
C# Incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses a jornada completa;
D# Adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
REQUISITO: Mantener en plantilla a la persona trabajadora objeto de subvención durante un período mínimo de 36 meses contados desde la fecha de contratación, del incremento de jornada, de la duración anual del contrato fijo discontinuo o de la adaptación de puestos.
A# 6.000€ en caso de desempleado joven menor (<30años), mujer, parado de larga duración, >51años y emigrante retornado o extranjero; 10.000€ mujer en ocupaciones masculinizadas, discapacidad o exclusión social. Ampliable en +15% acumulable en caso de ayuntamiento rural, >45años, o persona trans. Con MÁX 14.500€/contrato.
B# 2.000€; 3.000€ persona con discapacidad;
C# 4.000€;
D# 1.000€.