Beneficiarios
PEQUEÑAS EMPRESAS (ocupan a <50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual ≤10 millones) INNOVADORAS que:
1-NO estén cotizadas en una bolsa de valores;
2-Constituidas como MÁX en los 3 años anteriores y como mín en los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud;
3-NO hayan distribuido beneficios;
4-NO haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa ni haber surgido de una operación de concentración;
5-Capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000EUR desembolsado íntegramente e inscrito en el registro correspondiente ANTES de la presentación de la solicitud.
Se entiende por EMPRESA INNOVADORA aquella:
i. Que pueda demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial, o
ii. Cuyos costes de I+D representen un mínimo del 10% del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los 3 años previos a la concesión de la ayuda o, si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, según la auditoría del ejercicio fiscal en curso, de conformidad con la certificación de un auditor externo.
Se reservan 5.000.000€ de la dotación presupuestaria de la convocatoria para EMPRESA LIDERADA POR MUJERES. Se entiende por EMPRESA LIDERADA POR MUJERES aquella:
i. Cuyo órgano de administración estará integrado en más de un 50% por mujeres, personas físicas, desde al menos 3 meses antes a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que existan personas jurídicas que formen parte del órgano
de administración, éstas no podrán representar más del 25% del mismo desde, al menos, la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, o
ii. Más del 50% de las participaciones/acciones que integran el capital social pertenecerán nominativamente a mujeres desde, al menos, la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes; o al menos el 40% de los gastos de personal dedicado al proyecto corresponderá a mujeres.
Conceptos de gastos
GASTOS recogidos en el PLAN DE EMPRESA del tipo:
1# INVERSIÓN EN EQUIPOS;
2# PERSONAL (MÁX 45EUR/h): con contrato laboral, autónomo socio o socio trabajador de Cooperativas de Trabajo Asociado. Los autónomos económicamente dependientes se incluirán como COLABORACIONES EXTERNAS;
3# MATERIALES;
4# SUBCONTRATACIONES (MÁX 50%): COLABORACIONES EXTERNAS / ASESORÍA. Incluyendo Informe de Evaluación del Experto o Certificación de Auditor Externo acreditativos del carácter Innovador de la empresa.
5# OTROS COSTES: alquileres, suministros, cánones y licencias, solicitud y mantenimiento de derechos de PI, seguros, e informe de auditor (MÁX 2.000EUR).
En el caso de contratación de DOCTOR/A, para optar a un aumento del % de subvención deberá reunir los siguientes requisitos:
a. Participar en el desarrollo de la tecnología con una dedicación del 100%;
b. Tipo de contrato indefinido y a tiempo completo, deberá permanecer contratado al menos hasta la finalización del proyecto;
c. La contratación deberá producirse tras la solicitud de la ayuda y antes de 31/03/2025;
d. Salario bruto subvencionable entre 30.000 y 50.000EUR.