Proyectos seleccionados por los Grupos de Desarrollo Rural para impulsar el desarrollo del medio rural gallego.
Apoyar económicamente operaciones promovidas por terceras personas, seleccionadas y gestionadas por los Grupos de Desarrollo Rural (GDR).
1# PROYECTOS PRODUCTIVOS: proyectos que suponen la realización de una actividad económica, tendentes a la producción de bienes o servicios y que suponen una creación y/o mantenimiento de empleo. Tipología:
2# PROYECTOS NO PRODUCTIVOS: proyectos promovidos por entidades sin ánimo de lucro, entidades públicas locales, comunidades de montes vecinales en mano común o sus mancomunidades, que no supongan el inicio o el desarrollo de una actividad económica. Serán proyectos que tengan un interés público o colectivo, es decir, que afecten, interesen o beneficien de algún modo al conjunto de la población o de la sociedad en general, y que no supongan el inicio o el desarrollo de una actividad económica.
A# Construcción, adquisición y mejora de inmuebles. En el caso de adquisición de inmuebles, MÁX 50%xGastoSubvencionable.
B# Adquisición de terrenos (MÁX 10%xGastoSubvencionable).
C# Adquisición de maquinaria y equipamiento nuevos. Incluidos arrendamientos financieros con opción de compra. Excluida la adquisición de maquinaria para la realización de servicios forestales.
D# Inversiones intangibles como adquisición y desarrollo de programas informáticos, creación de páginas web, estudios, publicaciones e inversiones necesarias para la digitalización del proceso productivo o la gestión de la actividad económica.
E# Costes generales (MÁX 12%xGastoSubvencionable): honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y ambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
F# Gastos notariales y registrales derivados del inicio de la actividad prevista en el proyecto, así como los gastos de expedición de permisos y licencias, la adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas registradas.
G# Medios y equipamientos de transporte: adquisición y/o adecuación de vehículos de transporte.
La suma de E+F está limitada a 20%xGastoSubvencionable.
No se subvenciona maquinaria, equipamiento y materiales de segunda mano.
Sólo se subvenciona la reposición o simple sustitución de equipamiento y maquinaria, cuando la nueva adquisición corresponda a equipamientos o maquinaria diferenciada de los anteriores, bien por la tecnología utilizada o porque mejore su capacidad de producción en un porcentaje superior a un 25%.
Los gastos no se podrán iniciar antes de la fecha de solicitud de ayuda, ni antes de la realización del acta de no inicio (ANI) realizada por el respectivo GDR, con excepción de la adquisición de terrenos, de los costes generales vinculados a la inversión y de las licencias de obra, que podrán haberse realizado en los 18 meses anteriores a solicitud.
En el ANEXO I de la convocatoria se podrá ver la dotación presupuestaria de cada GDR.
1#a/ MÁX 50%, mín 15%.
1#b/ MÁX 50%, mín 15%, hasta 30.000€.
1#c/ MÁX 40%, mín 15%, hasta 200.000€.
1#d/ MÁX 50%, mín 15%, hasta 200.000€.
1#e/ MÁX 18.000€.
2# MÁX 90%, mín 30%, hasta 200.000€.