Trabajos previos a la producción de una obra audiovisual destinada a la distribución cinematográfica o a la difusión en televisión y/o plataformas de servicios de vídeo bajo demanda.
Desarrollo de proyectos audiovisuales individuales que favorezcan la recuperación económica del sector al amparo del programa Hub de la industria creativa gallega.
Trabajos previos al punto de la producción de la obra audiovisual, entendiendo como tales los relacionados con el guión, financiación, venta y distribución, gestión de derechos, investigación, elaboración de materias promocionales y otros adheridos a las actividades propias de la fase de desarrollo anterior al rodaje.
El destino último de los citados proyectos audiovisuales será su producción para la distribución cinematográfica o la difusión en televisión y/o plataformas de servicios de vídeo bajo demanda de ámbito nacional e internacional, debiendo poderse encuadrar en alguna de las tipologías siguientes:
‒ Largometraje cinematográfica previstos para tener una duración mínima de 60 minutos, de ficción, animación o documental de carácter creativo.
‒ Series de ficción previstos para tener una duración total mínima de 150 minutos.
‒ Series de animación previstos para tener una duración total mínima de 100 minutos.
‒ Series documentales previstos para tener una duración total mínima de 100 minutos.
1# Derechos. Gastos relativos a la adquisición de derechos de autor o de propiedad intelectual, incluyendo derechos de preferencia u opción de compra, tanto de adaptación de obra preexistente como de obra original; escritura o reescritura del argumento o tratamiento hasta la versión definitiva; diseño de personajes y fondos (animación); derechos de traducción siempre que no sea del gallego al castellano y viceversa; derechos de imágenes, musicales, documentos sonoros y otros relacionados con el desarrollo del proyecto que se puedan justificar.
2# Personal. Personal que hayan suscrito un contrato específico, conforme a una categoría laboral asignada para la realización de la actividad subvencionada. Se incluyen las tareas de producción ejecutiva, guionista, director/a de la obra, dirección de producción, y otros que se deberán detallar y justificar. Cuando exista una relación mercantil entre la empresa productora y la persona productora ejecutiva, deberá acompañarse el contrato correspondiente y su factura. Si la relación es laboral, deberá aportarse, junto al contrato, la nómina correspondiente, con expresa indicación del régimen general de la seguridad social.
3# Asesoría o consultoría. Gastos externos necesarios para el desarrollo del proyecto, tales como asesoramiento de escritura de guión, asesoramiento para estrategias de promoción y comercialización de contenidos audiovisuales, asesoramiento legal y contable relacionado específicamente con los derechos del proyecto y su estructura de financiación, asesoramiento en trabajos de investigación; otras asesorías propias de las tareas de desarrollo directamente vinculadas al proyecto que se puedan justificar.
4# Elaboración de materiales. Realización del teaser del proyecto; elaboración del storyboard; página web del proyecto, elaboración de dossieres y otros materiales directamente relacionados con el proyecto que se deberán especificar y justificar. El importe de la elaboración del teaser del proyecto no podrá superar el 20% del presupuesto.
5# Logística y participación en mercados y/o foros de negocio. Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados de trabajos de localización de escenarios y asistencia a reuniones y foros de negocio propios de las tareas de desarrollo que se realicen durante el período subvencionable y se justifiquen adecuadamente. El coste de alojamiento y mantenimiento no podrá superar el importe de 150 euros/día.
Quedan exentos aquellos gastos derivados de la asistencia a los foros y mercados incluidos en las subvenciones específicas que convoca la AGADIC (Ventana Sur, Natpe, Cinemart, Marché del Court de Clermont-Ferrand, European Film Market, MIPTV, Marché du Film, Sunny Side of the Doc, MIPCOM, American Film Market).
6# Gastos generales (15% del presupuesto): incluyendo:
a) Gastos de personal de la plantilla que no tienen un contrato laboral específico para el proyecto objeto de la subvención. Su coste se calculará mediante un prorrateo en función de su participación en el mismo.
b) Alquiler de espacios de trabajo, consumos de energía y agua, limpieza, comunicaciones con un límite de dos líneas por proyecto individual, apoyo informático y compra de material de oficina, durante el período subvencionable.
100% con los siguientes máximos:
-Largometraje de animación: 30.000€;
-Largometraje de ficción: 25.000€;
-Largometraje documental: 15.000€;
-Serie ficción o animación: 30.000€;
-Serie documental: 20.000€.