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PERTE VEC - ACTUACIONES INTEGRALES DE LA CADENA DEL VEHÍCULO ELÉCTRICO Y CONECTADO

Axudas para Proyectos I+D+i
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO ESPAÑA 03-06-2022

Proyectos de I+D+i, sostenibilidad y eficiencia energética, inversión y formación en el ámbito de la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado.

Obxecto

Ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para el desarrollo de un ecosistema para la fabricación del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC).

Beneficiarios

Agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación, constituidas por entidades personas jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño.

Las agrupaciones deberán reunir los siguientes requisitos:

1.º Estar organizada en torno al sector industrial de automoción con una combinación, como mínimo de 5 entidades jurídicas diferenciadas que no pertenezcan al mismo grupo empresarial, ni constituir empresas controladas en igualdad de condiciones por dos cualesquiera de las entidades que formen parte de la agrupación. Si participan más de 5 entidades, las adicionales pueden formar parte de un grupo al que pertenece otra entidad participante.

2.º De las entidades que formen parte de la agrupación, al menos una de ellas, pertenecerá al CNAE 291 (Fabricación de vehículos de motor), y otra pertenecerá al CNAE 293 (Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor), y el resto de entidades deberán desarrollar actividades de las incluidas en el anexo I de esta orden.

3.º La agrupación debe estar integrada, al menos, por un 40% de PYMEs participantes.

4.º Deberán contar con la colaboración de, al menos, un proveedor de tecnología y/o conocimiento y que como tal, tenga la capacidad técnica y organizativa suficiente para la realización de las actividades de I+D+i que incorpore el proyecto tractor. Esta entidad proveedora de conocimiento puede ser una de las empresas.

5.º Deberán tener implantación en un ámbito geográfico que abarque al menos a 2 CCAA.

Cada entidad miembro de la agrupación tendrá un rol en la misma que deberá quedar reflejado en el acuerdo de agrupación y en la solicitud y que será alguno de los siguientes:

1.º Promotor industrial: Cada una de las entidades miembros de la agrupación que vaya a llevar a cabo actuaciones específicas en su establecimiento industrial. En la agrupación podrá tener el rol de promotor industrial más de una entidad.

2.º Proveedor de tecnología y/o conocimiento: Universidades, centros tecnológicos, organismos de investigación y otras entidades o empresas públicas o privadas que proporciona el conocimiento y/o la tecnología necesarios para llevar a cabo alguna parte de la propuesta que implica a más de un promotor industrial. En la Agrupación podrá tener el rol de proveedor de tecnología y/o conocimiento más de una entidad.

3.º Interlocutor con la Administración: Entidad designada dentro de la agrupación responsable de canalizar con ésta las relaciones y comunicaciones que se indiquen en la convocatoria en cada una de las fases del procedimiento de concesión. El interlocutor tendrá la obligación de trasladar al resto de participantes todas las notificaciones o comunicaciones que el órgano concedente notifique a través de los medios electrónicos establecidos en la convocatoria. En cada agrupación solo habrá un interlocutor con la Administración, que podrá ser uno de los promotores industriales o uno de los proveedores de tecnología y/o conocimiento.

Una entidad podrá ser a la vez promotor industrial, proveedor de tecnología y/o conocimiento y/o interlocutor con la Administración.

Actividades financiadas

Proyectos tractores formados por proyectos primarios enmarcados en alguno de los bloques que conforman la línea de actuación integral sobre la cadena de valor industrial del PERTE VEC:

a) Bloques industriales de carácter obligatorio, que son esenciales para conseguir el objetivo del PERTE VEC:

1.º Fabricación de equipos originales y ensamblaje (OEM).

2.º Fabricación de baterías o pilas de hidrógeno.

3.º Fabricación de otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado.

b) Bloques de carácter adicional, complementarios a los obligatorios:

1.º Fabricación de componentes del vehículo inteligente.

2.º Conectividad y microprocesadores del vehículo eléctrico.

3.º Fabricación de sistemas de recarga.

c) Bloques transversales de carácter obligatorio:

1.º Plan de Economía Circular.

2.º Plan de Digitalización.

3.º Plan de Formación y Reciclaje Profesional.


Los proyectos primarios deben enmarcarse en alguna de las siguientes líneas de actuación:

1. Línea de investigación, desarrollo e innovación: proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos.

2. Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética. 

3. Línea de ayudas regionales a la inversión.

4. Ayudas a la formación en habilidades de gestión, digitalización y generación de ecosistemas innovadores en la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado vinculado a centros específicos de formación del sector.

Conceptos de gastos

A# PERSONAL: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. Podrán imputarse tanto de personal con contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente.

B# INSTRUMENTAL Y MATERIAL INVENTARIABLE (gastos de amortización). Los costes de amortización  no superarán el 60% del presupuesto.

C# INVESTIGACIÓN CONTRACTUAL, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.

D# Para los proyectos primarios enmarcados en la Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética podrán financiarse los siguientes conceptos:

   D.1# Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.

   D.2# Edificación e instalaciones (MÁX 20%xPresupuesto): Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.

   D.3# Activos inmateriales: Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.

   D.4# Colaboraciones externas: Colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones vinculadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de eficiencia energética. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

Para ser financiables, los costes imputados deberán ser costes de inversión adicionales necesarios para ir más allá de las normas de la UE aplicables para incrementar el nivel de protección medioambiental relacionado con el proceso de producción o en ausencia de normas de la UE, o bien para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética del proceso productivo.

E# Para los proyectos primarios enmarcados en la Línea de ayudas regionales a la inversión podrán financiarse los siguientes conceptos:

   E.1# Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.

   E.2# Edificación e instalaciones: Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.

   E.3# Activos inmateriales (en Grandes Empresas MÁX 50%xPresupuesto para Inversión Inicial): Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.

En Grandes Empresas para una transformación fundamental en el proceso de producción, los costes subvencionables deberán superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los 3 ejercicios fiscales anteriores. En caso de diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200% del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.

F# Para los proyectos primarios enmarcados en la Línea de ayudas a la formación podrán financiarse los siguientes conceptos:

   F.1# Costes de personal de los formadores, correspondientes a las horas en que estos participen en la formación.

   F.2# Costes materiales y suministros vinculados directamente al proyecto de formación, excluido el material de oficina y fungibles.

   F.3# Costes de amortización de instrumentos y equipos directamente vinculados al proyecto primario.


En cualquiera de los casos, la adquisición de activos fijos de segunda mano no será financiable.

Tipo e intensidade das axudas

  • Subvención a fondo perdido
  • Préstamo bonificado

PRÉSTAMO desde 10% hasta 80% del presupuesto: -Tipo interés: Euribor a 12 meses más margen; -Plazo devolución: 10 años; -Carencia: 3 años.
Las diferentes convocatorias podrán incluir un TRAMO NO REEMBOLSABLE.
La ayuda está limitada a:
Línea 1: MÁX 30.000.000€/empresa; Línea 2: MÁX 22.500.000€/empresa; Línea 3: según intensidad máxima de ayuda aplicable en la zona en cuestión y recogida en el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 (pte); Línea 4: MÁX 2.000.000€/proyecto.

Características

  • Data de publicación: 18-03-2022
  • Apertura de solicitudes: 01-04-2022
  • Peche de solicitudes: 03-06-2022
  • pechada
  • Réximen de solicitudes:
  • Concorrencia COMPETITIVA
  • Participación en modalidade:
  • Consorcio
  • Orzamento total: 297.500.000,00 €

Normativa

  • Bases/Convocatoria:
  • Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2022, y se modifica la Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Organismo financiador

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

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